SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2007-R

Fecha: 24-Abr-2007

no hay objeto de mantenerla oculta,

Estos artículos tienen su justificación en que el demandado no solamente ha de conocer con la demanda, los hechos en que el recurrente funda su pretensión, sino también la prueba de que intenta valerse, porque no hay objeto de mantenerla oculta, cuando éste ya no se encuentre en condiciones de contrarrestarla. Facilita la abreviación del proceso y supone la ventaja de que puede, así, evitarse muchos litigios, porque el demandado en conocimiento de la prueba documental del actor, puede avenirse a un allanamiento más beneficioso para todos, si no dispone a su vez, de medios eficaces para destruirla.