SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0312/2007-R

Fecha: 24-Abr-2007

III.1. Subsidiariedad del amparo dentro de la vía legal donde se acusa la vulneración

Conforme lo ha señalado este Tribunal a partir de la SC 0374/2002-R de 2 de abril: "(…) la subsidiariedad del amparo constitucional debe ser entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración, dado que donde se deben reparar los derechos fundamentales lesionados es en el mismo proceso, o en la instancia donde han sido conculcados, y cuando esto no ocurre queda abierta la protección que brinda el Amparo Constitucional… ".

Con lo cual, quedan desvirtuados los argumentos de los correcurridos personeros de "Findesa S.A.M." y de la Corte de amparo, con relación al hecho de que el recurrente debió acudir a la ordinarización del proceso y exigir la prelación en el embargo de bienes. Por lo que corresponde, ingresar al análisis de fondo de la presente problemática.