SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0323/2007-R

Fecha: 24-Abr-2007

procedente

La Sentencia 6/2007 de 2 de febrero, cursante a fs. 30 y vta., pronunciada por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del  Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró procedente el recurso ordenando se deje sin efecto el mandamiento de aprehensión librado en razón de no existir resolución a la petición de reliquidación, con los siguientes fundamentos: i) La SC 1865/2004-R de 1 de diciembre y 0081/2005 de 27 de enero, prevé que todo lo que atinge al debido proceso no debe ser visto en un recurso de hábeas corpus, sino en un recurso de amparo constitucional, sin embargo, existen excepciones contenidas en la SC 0739/06 de 27 de julio, referente a que no debe librarse apremio si existe una observación a la liquidación o la solicitud de reliquidación mientras el Juez no resuelva; ii) El recurrente observó dos cosas: liquidación y notificación solicitando se practique nueva liquidación la que hasta la fecha no fue resuelta, existiendo solamente la resolución sobre la nulidad de notificación y no así sobre el pedido de reliquidación, circunstancia que impedía a la Jueza recurrida librar mandamiento de apremio, mientras no se pronuncie en definitiva sobre la reliquidación y se notifique en forma legal al obligado.