SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2007-R

Fecha: 11-Jun-2007

1)

Los recurrentes por intermedio de su abogado ratificaron el tenor de la demanda, añadiendo manifestaron que: 1) Durante los supuestos hechos delictivos que les imputan no hubo flagrancia ni orden judicial para su detención; 2) No se puso un intérprete para tomar la declaración informativa de Lestat Claudius de Orleáns y Monte video, ciudadano norteamericano, contraviniendo el art. 10 del CPP se infringió el derecho a la defensa; 3) Se vulneró el derecho a la intimidad, porque de acuerdo al art. 21 de la CPE, la inviolabilidad del domicilio es fundamental y nadie puede entrar sino con orden judicial, así la habitación donde se encontraban constituía  su domicilio y nadie podía entrar en ella; 4) Alda Ribeiro Acosta perdió la dentadura debido a los golpes y ultrajes que sufrió físicamente y que toda la prueba fue conseguida ilegalmente, que faltó  objetividad en la investigación y que la imputación formal no se encuentra debidamente fundamentada.

Luego, el fiscal Sergio Céspedes Álvarez, refirió que: 1) La Policía Nacional, puede aprehender a toda persona cuando ha sido sorprendida en flagrancia, lo prevé el art. 230 del CPP; 2) Los imputados fueron asistidos por el abogado particular “Mostajo” y otra de Defensa Pública, ninguno de dichos defensores reclamaron vulneración alguna durante la audiencia cautelar; actualmente están con acusación radicada en el Juzgado Primero de Sentencia, la que fue devuelta por el incidente presentado; 3) Este recurso no es más que otra acción dilatoria a la que recurren los imputados, para no ser enjuiciados, con lo que se demuestra su ánimo de no querer someterse a proceso.