Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2007-R
Fecha: 11-Jun-2007
II.5.
II.5. Apelada tal determinación, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz mediante Resolución 56/2006 de 3 de mayo, confirmó en todas sus partes la Resolución apelada con el fundamento que los abogados de la parte apelante se limitaron a reiterar el contenido del memorial de apelación incidental, que el caso adquirió connotaciones de escándalo social, que pone en peligro la seguridad de las personas y que consiguientemente es deber del Ministerio Público y los órganos jurisdiccionales tomar las providencias más urgentes precautelando la seguridad física de las personas evitando la reiteración de estos hechos (fs. 20 a 21 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- (…) a)
- que se cuestionaba la imputación formal por falta de fundamentación o individualización
- III.3.
- , como manda el art. 10 de la CPE que faculta la aprehensión de una persona sin guardar mayores formalidades en caso de delitos infraganti,
- III.4.
- Fragmento 23
- III.5.
- APRUEBA