Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0468/2007-R
Fecha: 11-Jun-2007
II.7.
II.7. Apelada la Resolución 423/06 de 27 de octubre de 2006, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, mediante Resolución 205/07 de 23 de marzo de 2007, declaró improcedentes las cuestiones planteadas y confirmó la Resolución apelada, con el fundamento entre otros, que se trata de delitos flagrantes y que el ingreso al lugar donde se encontraban los imputados fue autorizado por el propietario, por lo que no se vulneró el art. 21 de la CPE (fs. 166 a 167 vta.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- i)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2.
- (…) a)
- que se cuestionaba la imputación formal por falta de fundamentación o individualización
- III.3.
- , como manda el art. 10 de la CPE que faculta la aprehensión de una persona sin guardar mayores formalidades en caso de delitos infraganti,
- III.4.
- Fragmento 23
- III.5.
- APRUEBA