Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0521/2007-R
Fecha: 21-Jun-2007
II.6.
II.6. Por carta de 8 de mayo de 2006, el recurrido y la Jefa del Escalafón Judicial, a tiempo de agradecer los servicios prestados por la recurrente, le recordaron su obligación de prestar su declaración jurada de bienes y rentas a la conclusión de la relación laboral así como el llenado del formulario de solvencia del trabajador judicial 00065 por las instancias correspondientes, para que se instruya la cancelación de su sueldo (fs. 31).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- “ARTICULO 32.- (PROPOSICION Y DESIGNACION)
- III.3.
- estos contratos tienen naturaleza jurídica propia y diferente a los demás.
- se arriba a la conclusión de que no son aplicables los razonamientos establecidos en la SC 0109/2006-R, pues la ratio decidendi de dicha Sentencia está dirigida a situaciones de mujeres embarazadas que sean trabajadoras o funcionarias
- III.5.
- APROBAR