Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0612/2007-R
Fecha: 17-Jul-2007
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
La recurrente dirige el recurso de amparo constitucional contra Gualberto Terrazas Ibañez, Juez Decimosegundo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando se le conceda el amparo solicitado disponiendo se deje sin efecto el Auto de Vista de 29 de noviembre de 2005 y se anule obrados hasta el vicio más antiguo, hasta “fs. 113” para que su persona pueda asumir defensa.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- la autoridad o persona que tiene la facultad de revisar, consiguientemente, modificar, confirmar o revocar el acto o resolución puesto en su conocimiento, ya que en la última instancia
- III.3.
- III.4.
- APROBAR