SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0612/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0612/2007-R

Fecha: 17-Jul-2007

II.8.

II.8.    El  17 de septiembre de 2005, la ahora recurrente interpuso apelación contra el Auto de 6 de septiembre de 2005, alegando la violación del art. 24 del Código Civil (CC) pues su domicilio se encuentra -según dice- en la ciudad de La Paz, y de los arts. 90 y 137 del CPC sobre la obligatoriedad del cumplimiento de las normas procesales, por ser de orden público y sobre cuáles son las resoluciones que deben notificarse necesariamente por cédula en los domicilios señalados por las partes o personalmente, lo que no se hizo desde 2002, cuando se archivó el proceso (fs. 35 a 36 vta.).