SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0612/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0612/2007-R

Fecha: 17-Jul-2007

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La recurrente indica que se han vulnerado sus derechos a la propiedad privada, a la defensa y la garantía del debido proceso, reconocidos por los arts. 7 inc. i) y 16.II y IV de la CPE, por cuanto el Juez recurrido confirmó el Auto apelado que rechazó el incidente de nulidad de obrados promovido por causa de una ilegal notificación en un domicilio que no es el suyo, pronunciando al efecto un fallo sin fundamento jurídico, falta de sindéresis y contrario a los principios de congruencia y “exhaustividad”, no pasando de ser una opinión, toda vez que el Juez de primera instancia no indicó cual era su domicilio legal ni existe prueba alguna de que ella hubiera habilitado ese domicilio, confundiendo el derecho propietario de un inmueble con el domicilio; además, era deber de las autoridades velar porque las diligencias de notificación sean efectuadas en su domicilio real y no en un domicilio ajeno. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.