Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1460/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.4.
II.4. Contra dicha determinación, José Alberto Ojopi Leigue, en representación de la Prefectura de Beni, formuló recurso de apelación el 14 de abril de 2004 (fs. 136 a 137 vta.); que fue resuelto a través del Auto de Vista 116/04 de 22 de julio de 2004, por la Sala Civil de la Corte Superior del Distrito Judicial de Beni, confirmando la Sentencia de primera instancia, con la modificación de dejarse sin efecto la condenación en costas a la Prefectura (fs. 147 y vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 22
- III.3. De la interpretación de la legalidad ordinaria como facultad privativa de la jurisdicción ordinaria
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- III.4.Análisis del caso concreto
- Fragmento 27
- III.5.Otras consideraciones
- APROBAR