Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1485/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.8.
II.8. Mediante oficio 565/06 de 21 de noviembre de 2006, Calixto Rodríguez Zurita, Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, remite obrados al Tribunal superior a objeto de la consideración y resolución de las apelaciones respecto al "Auto de fecha 26 de septiembre de 2006, cursante a fs. 145, relativo al incidente de Defecto Absoluto", y en relación al "Auto de 17 de octubre de 2006 que resuelve la excepción de prejudicialidad cursante de fs. 408 a 411", en el que se hace constar que se remiten 8 cuerpos del proceso (fs. 1113).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.1. En cuanto al derecho al debido proceso
- III.2.2. El derecho a defensa
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- simultáneamente
- (Explicación, complementación y enmienda).
- APROBAR