Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1485/2010-R
Fecha: 04-Oct-2010
II.9.
II.9. Por Auto de Vista 246 de 13 de diciembre de 2006, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior, admite y declara procedentes los recursos de apelación interpuestos por Luis Gustavo Auzza Macías y el Ministerio Público, disponiendo la continuidad del trámite del proceso (fs. 1156 y vta.), notificado con esta Resolución Luis Gustavo Auzza Macias, solicita al Tribunal de apelación se pronuncie sobre la apelación respecto de defectos absolutos interpuesta por Humberto Monasterio Iglesias, señalando además que ambas apelaciones fueron sorteadas a la Sala Penal Primera (fs. 1158).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- III.2.1. En cuanto al derecho al debido proceso
- III.2.2. El derecho a defensa
- III.3. Análisis de la problemática planteada
- simultáneamente
- (Explicación, complementación y enmienda).
- APROBAR