SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1625/2010-R

Fecha: 15-Oct-2010

1)

La recurrente, ahora accionante, denuncia que las autoridades judiciales recurridas hoy demandadas vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la defensa y a la garantía del debido proceso por cuanto: 1) No fundamentaron el rechazo a la recusación ni valoraron la prueba presentada; 2) No convocaron a una audiencia pública y oral para que pudiera fundamentar su pretensión de recusar sobre la base de las pruebas presentadas y ofrecidas conforme a ley. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.