SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1776/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. De fs. 15 a 17 cursa informe final de las elecciones de la directiva vecinal del barrio “La Pampa” de 12 de junio de 2007, suscrito por los miembros del Comité Electoral designado para ese proceso, que en lo saliente señala: a) Las elecciones de la mesa directiva del barrio “La Pampa” se desarrollaron el 10 de junio de 2007, a partir de las 08:30 a.m. y concluyeron a las 17:00 del mismo día; b) Concluido el acto eleccionario, se procedió al escrutinio de votos verificándose que el Movimiento Renovación Pampeña se impuso al Frente Unidad y Progreso, por cuatrocientos cincuenta y un votos contra doscientos setenta y cinco; c) No habiéndose presentado ninguna impugnación, Rómulo Zuleta y Juan Reynaga, delegados de FEDJUVE procedieron a declarar ganador al Movimiento Renovación Pampeña y ministraron posesión a su integrantes.
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- a)
- 2.
- 5.
- 6.
- 7.
- 11.
- I.2.4. Resolución
- 1.
- 4.
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. El debido proceso, el juicio previo y el caso concreto
- La importancia del debido proceso está ligada a la búsqueda del orden justo
- APROBAR