SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1827/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1827/2010-R

Fecha: 25-Oct-2010

III.4.   La Reconsideración como medio legal idóneo para la revisión de Ordenanzas y Resoluciones Municipales

La SC 0519/2010-R de 5 de julio, que reiteró el contenido de las SSCC 1771/2004-R de 11 de noviembre y 0331/2005-R de 8 de abril, indicó: “Si bien la reconsideración no es propiamente un recurso; empero, es un mecanismo que en el ámbito municipal permite impugnar las Resoluciones emitidas por el ente fiscalizador y que debe ser agotado por el interesado en defensa de sus derechos, en razón de que los actos ilegales o las omisiones indebidas que amenacen, restrinjan o supriman un derecho fundamental, deben ser dejados sin efecto en el trámite o proceso donde se han originado, o ante la autoridad responsable de los mismos; lo contrario, importaría anular el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales, conforme ha señalado la jurisprudencia constitucional".