SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.1.
II.1. Freddy Guy Enríquez Vidal, previo trámite ante la Superintendencia Departamental de Minas de Santa Cruz, obtuvo la concesión minera “Ayoreita” ubicada en la jurisdicción del cantón La Gaiba, provincia Andres Ibañez del departamento de Santa Cruz, contando con el Título Ejecutorial 06/96, inscrito en el Registro Minero el 4 de junio de 1996, bajo la Partida “N°” 37 del libro 1/96; de igual modo, obtuvo la concesión minera denominada “Poema” sobre pertenencias libres, conforme Resolución Constitutiva 55/98 de 6 de mayo emitida por el Superintendente de Minas del departamento de Santa Cruz (Según se tiene señalado en la Sentencia 54/2006 de 7 de junio dictada por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia cursante a fs. 41 y vta.)
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- SC 0448/2010-R
- Derecho al trabajo
- SC 0299/2010-R
- SC 0211/2010-R
- SC 0148/2010-R
- 4)
- cuando se trata de actos ilegales que recaigan sobre bienes que estén vinculados al derecho de propiedad o de posesión, debe demostrar la inexistencia de discusión o controversia sobre los mismos para legitimar su denuncia en esta jurisdicción, pues esto, resulta esencial para la concesión de la tutela, dado que no podrá tenerse como amenazado, restringido o suprimido un derecho cuando no se tiene certeza de que el recurrente es el verdadero titular del derecho, pues de otorgarse la tutela se crearía inseguridad jurídica y se dejaría una posibilidad de lesionar derechos del que resulte el verdadero titular, que puede ser tanto la parte recurrida como un tercero
- Primero.-
- Tercero.-
- Cuarto.-
- Quinto.-
- sobre mejor derecho
- POR TANTO
- 2º Llamar la atención