SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1896/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
recurso
En revisión la Resolución 36 de 23 de noviembre de 2006, cursante de fs. 709 vta. a 712, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Humberto Monasterio Iglesias contra Carmen Rosa Encinas, Fiscal de Materia de Puerto Suarez, provincia Germán Busch; y Germán Rocha Rocha, Kiko Nikytta Bernal Vallejos y Carlos Ramiro Rivero Mendoza, representantes de la empresa “Minerales y Metales del Oriente S.R.L.”, alegando la vulneración de los derechos a la propiedad privada, al trabajo y al debido proceso, así también señala a la “seguridad jurídica”, citando al efecto los arts. 7 incs. a), d) e i) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y personas recurridas y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- SC 0448/2010-R
- Derecho al trabajo
- SC 0299/2010-R
- SC 0211/2010-R
- SC 0148/2010-R
- 4)
- cuando se trata de actos ilegales que recaigan sobre bienes que estén vinculados al derecho de propiedad o de posesión, debe demostrar la inexistencia de discusión o controversia sobre los mismos para legitimar su denuncia en esta jurisdicción, pues esto, resulta esencial para la concesión de la tutela, dado que no podrá tenerse como amenazado, restringido o suprimido un derecho cuando no se tiene certeza de que el recurrente es el verdadero titular del derecho, pues de otorgarse la tutela se crearía inseguridad jurídica y se dejaría una posibilidad de lesionar derechos del que resulte el verdadero titular, que puede ser tanto la parte recurrida como un tercero
- Primero.-
- Tercero.-
- Cuarto.-
- Quinto.-
- sobre mejor derecho
- POR TANTO
- 2º Llamar la atención