Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1901/2010-R
Fecha: 25-Oct-2010
II.3.
II.3. La Comisión de Reclamación del SENASIR, pronunció la Resolución 195/05 de 17 de junio de 2005, confirmando la Resolución 009457, por haber sido emitida conforme a normas legales que rigen la materia y datos del expediente de trámite de jubilación (fs. 5 a 8). Contra la misma, la recurrente formuló recurso de apelación (fs. 9 a 11 vta.).
- recurso de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- “haber lugar”
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2.Términos en la presente acción tutelar
- “accionante”
- “conceder”
- Fragmento 21
- no le está asignada en ninguna de ellas, la atribución de ejecutar determinaciones o fallos tomados por otros órganos o tribunales, toda vez que deben ser estas mismas instancias las que con facultad y competencia propias asignadas por Ley, deban ejecutar y hacer cumplir sus resoluciones
- III.4.Análisis del caso concreto
- Fragmento 24
- III.6. De la dimensión de los alcances de la parte resolutiva de la presente Sentencia
- POR TANTO
- 1° REVOCAR