SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2148/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2148/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

a)    Respecto a la supuesta ilegalidad en la emisión de la Resolución Fiscal 168/06

Toda vez que se ha establecido que a efectos de impugnar un acto o Resolución que supuestamente contraviene derechos fundamentales la Ley del Tribunal Constitucional, en resguardo de los derechos fundamentales de las partes involucradas, exige se determine y señale con exactitud el nombre y domicilio de la parte recurrida o de su representante legal, para que ésta teniendo conocimiento de lo denunciado pueda ejercer su derecho a la defensa. De tal manera que este Tribunal Constitucional, como contralor de  garantías constitucionales se ve impedido de realizar un análisis o revisión en el fondo, de aquellos actos o resoluciones donde se denuncien vulneración de derechos fundamentales, sin que se especifique quién o quiénes fueron los emisores de este acto supuestamente vulneratorio.

En el caso concreto, la accionante manifiesta que, en la Resolución Fiscal 168/06, se hubiesen vulnerado derechos tales como la defensa y debido proceso de su representado, empero en su memorial de recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional, no existe coincidencia entre las autoridades demandadas y este supuesto acto lesivo; es decir evidentemente existe la Resolución 168/06 de 18 de diciembre de 2006, emitida por Mario Uribe Melendres, Fiscal General de la República, empero esta autoridad no fue demandada, lo que impide a este Tribunal ingresar al análisis respecto a este primer hecho.