SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2148/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2148/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

i)

Mario Uribe Melendres, Fiscal General de la República, comisionando a los Fiscales de Recursos, Mirna Arancibia, Milton Mendoza y Jorge Núñez, fundamentaron lo siguiente: i) No se violó el derecho a la defensa del representado de la recurrente, toda vez que éste conocía el proceso y, es falso que no tuvo acceso a la justicia boliviana o no contó con abogado defensor, ya que por memorial de 3 de noviembre de 2003, reconoce que se ha enterado de las proposiciones acusatorias en su contra, además los documentos secuestrados en la casa del acusado son faxes remitidos por Ricardo Subiaga, para que el acusado conozca de este proceso, lo que confirma que él estaba y está interiorizado del proceso penal en su contra, situación corroborada por una entrevista que se realizó a la ex autoridad  en la cadena de noticias CNN; e, ii) Respecto a la imputación formal y la declaratoria de rebeldía referida, señala que su defendido no conocía del proceso y no fue citado legalmente lo cual no es evidente, existe una afirmación en el memorial del recurso donde se reconoce que, el Ministerio Público cumplió con la citación a través de diversos medios en vista a la inacción producida en Estados Unidos, buscando la forma de que se respete el derecho al conocimiento del proceso y utilizando todos los medios legítimos se remitió vía “courrier”, habiendo sido recibido por su defendido en su casa de Miami-Estados Unidos, por lo tanto conoce el proceso. Respecto a que el Auto Supremo de 25 de septiembre de 2007, no se puso en conocimiento del imputado, sobre los pedidos de cooperación judicial, solicitud de extradición y de la detención preventiva que el Ministerio Público solicitó a la Corte Suprema de Justicia, esa afirmación es falsa, porque con todas las resoluciones judiciales se notificaron a su abogada.

Los terceros interesados, Néstor Salinas Mallea, Juan Patricio Quispe Mamani, Juana Valencia de Carvajal, Primitivo Vargas Casablanca, David Huanca Tarquino y Víctor Alberto Huici Corrales, de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos, pese a sus legales notificaciones como cursa a fs. 243 vta., 261, 262, 279, 313 y 327, no se hicieron presentes en audiencia como tampoco presentaron informe alguno.