SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2194/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2194/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

Fragmento 14

          Conforme a lo solicitado, la Jueza recurrida por providencia de 30 de septiembre de 2008, en aplicación de lo dispuesto por el art. 213 del CPT, conminó a la empresa “Grupo Exprinter Liftvans Bolivia S.A.”, representada legalmente por Rodolfo Ramiro Revollo Vargas, para que en el término de tres días a partir de su legal notificación, dé y pague a “Manuel Jesús Mejía Méndez”, la suma de Bs57 299.-, por concepto de beneficios sociales (fs. 302 vta.).