SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2194/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2194/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

II.3.

II.3.  “Mudanzas y Transportes Liftvans S.A.” con su sigla “Liftvans Bolivia S.A.”, representada legalmente por Rodolfo Ramiro Revollo Vargas y Marco Antonio Carriles Ribera, por memorial presentado el 28 de septiembre de 2002, contestó negativamente la demanda y planteó excepciones previas por falta de personería para ser demandada y por imprecisión, oscuridad y contradicción en la demanda (fs. 16 a 18 vta.).

          Las referidas excepciones, fueron declaradas improbadas por Auto de 26 de diciembre de 2002 (fs. 32 y vta.), Resolución que fue confirmada en apelación mediante Auto de Vista 250 de 11 de septiembre de 2003, pronunciado por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz (fs. 106 a 107 vta.).