SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2194/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2194/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los recurrentes, ahora accionantes, por su representado alegan que, dentro de la demanda laboral interpuesta contra el “Grupo Exprinter Liftvans Bolivia S.A.” la Jueza recurrida, hoy demandada, pronunció Sentencia declarando probada la demanda, condenando a dicha empresa al pago por beneficios sociales sin tener legitimidad pasiva para ser demandada en el proceso laboral, Sentencia que fue confirmada en apelación así como también declaró infundado el Recurso de casación planteado contra el Auto de Vista. Tras la devolución del expediente al Juzgado de origen, se notificó a su representado por la empresa demandada con el cúmplase, momento en el que interpusieron recurso de amparo constitucional contra la Jueza Segunda del Trabajo y Seguridad Social y otros, el mismo que fue declarado improcedente in límine remitiéndose el mismo al Tribunal Constitucional; en ese estado, su representado solicitó autorización judicial para el “pago con prestación diversa”, pedido que fue rechazado, disponiendo la Jueza demandada se libre mandamiento de apremio; posteriormente, al conocerse la Resolución de amparo constitucional solicitaron que en base a la jurisprudencia contenida en las SSCC 0019/2004-R, 0863/2000-R y 1794/2003-R, entre otras, se suspenda el proceso hasta el pronunciamiento final del Tribunal Constitucional; sin embargo, dicha solicitud fue rechazada y al contrario, libró mandamiento de apremio contra su representado, estando; en consecuencia, indebida e ilegalmente perseguido. Corresponde considerar, en revisión, si tales extremos son evidentes a fin de otorgar o denegar la tutela demandada.