Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2256/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
denegado
Por consiguiente, la situación planteada respecto a los derechos invocados como lesionados por el accionante, no es susceptible de protección a través de la acción de amparo constitucional; por cuanto, el Tribunal de garantías, al haber denegado la tutela impetrada, aunque con otros argumentos, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes del caso.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. De la facultad de valoración de la prueba por el Tribunal Constitucional
- III.4. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.5.1.
- adecuada interpretación
- III.5.2.
- denegado
- APROBAR