Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2256/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso
En revisión la Resolución 32/2007 de 13 de junio, cursante de fs. 119 a 121 vta., pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Juan Antonio Espinoza Montero contra Armando Pinilla Butrón y Dora Villarroel de Lira, Vocales de la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la petición y al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. a) y h) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2. Audiencia y resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. De la facultad de valoración de la prueba por el Tribunal Constitucional
- III.4. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción ordinaria
- III.5.1.
- adecuada interpretación
- III.5.2.
- denegado
- APROBAR