SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2264/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2264/2010-R

Fecha: 19-Nov-2010

III.2. Naturaleza jurídica de la acción de la acción de libertad: Su triple carácter tutelar

La acción de libertad, prevista en el art. 125 de la CPE, antes recurso de hábeas corpus (art. 18 de la CPEabrg), amplía su ámbito de protección inclusive a la vida, amenazada a consecuencia de la privación de libertad, disponiendo: "Toda persona que considere que su vida está en peligro, que es ilegalmente perseguida, o que es indebidamente procesada o privada de libertad personal, podrá interponer Acción de Libertad y acudir, de manera oral o escrita, por sí o por cualquiera a su nombre y sin ninguna formalidad procesal ante cualquier juez o tribunal competente en materia penal, y solicitará que se guarde tutela a su vida, cese la persecución indebida, se restablezcan las formalidades legales o se restituya su derecho a la libertad".