SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2266/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 681/08 de 24 de septiembre de 2008, cursante de fs. 366 a 368 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Waldo Albarracín Sánchez, Defensor del Pueblo de la república de Bolivia en representación de Aldo Arana Marquina, Hugo Sainz Trigo, Rosario Cortez de Sainz, Eduardo Loza Bustamente, Giovanna Loza Ponce, Vanessa Loza Ponce, Grace Ponce de Lozada, Aniceto Rodríguez Novillo, Jorge Zogbi Nemtala, Roberto Tellería Claure, Pedro Cuentas Larico, José Carrasco Monje, Guadalupe Vda. de Díaz, Carmen Maldonado Escobar, María Susana Carrasco Iriarte, Ana María Iriarte de Carrasco, Claudia Dulón Gómez, Hortensia Vda. de Prado, Jaime Collazos Prado y Zulema Prado Arispe contra Juan del Granado Cossío, Alcalde; Denise Ostermann, Sub Alcaldesa de la Zona Sur; y, Pilar Rocha Velasco, Asesora Legal; todos del Gobierno Municipal de La Paz; alegando la vulneración del derecho de sus representados a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades y funcionaria recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.4.
- III.5.1.
- III.5.2.
- retiro inmediato del soporte de la torre de antena de telecomunicaciones,
- las resoluciones administrativas firmes
- REVOCAR