Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2319/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.2.
II.2. Mediante memorial de 20 de marzo de 2003, Jaime Roberto Durán Flores en representación legal del Banco de Crédito de Bolivia S.A. oficina Sucre, incoa demanda coactiva civil de cumplimiento de obligación de pago contra Roberto Bustillos Gálvez y Julieta Dorado de Bustillos, por la suma de $us23 933,92.- (veintitrés mil novecientos treinta y tres 92/100 dólares estadounidenses) (fs. 7 a 8 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- "accionante"
- "denegar"
- Fragmento 23
- III.3. Respecto de la notificación al tercero interesado con la acción de amparo constitucional
- complementó y moduló
- al tercero interesado se constituye en un requisito de admisibilidad
- III.5. La problemática planteada
- 1º REVOCAR