SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2449/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente denuncia la vulneración de sus derechos a la tutela judicial efectiva, “seguridad jurídica”, al juez imparcial, a la igualdad y al debido proceso, señalando que al haber ampliado la imputación formal en contra de otra persona y notificada por edictos; el cómputo de la etapa preparatoria corría a partir de la notificación con ésta última imputación; por lo tanto no correspondía se conmine al Fiscal de Distrito para que presente acusación o cualquier otro requerimiento conclusivo, toda vez que se encontraba vigente la etapa preparatoria; y que la notificación realizada a su persona con el Auto que rechaza su solicitud para que se deje sin efecto la conminatoria al Fiscal de Distrito; no guarda las debidas formalidades ya que no le fue practicada en forma personal, sino que fue fijada una copia de la misma en la Fiscalía de Aiquile, en presencia de testigo; y que además tampoco fue notificada con esta resolución el Fiscal de Distrito. Por consiguiente, en revisión de la Resolución del Tribunal de amparo, corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- 1)
- procedente”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- este Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- 4)
- Análisis de la ampliación de la imputación
- a)
- III.2.2. Sobre la conminatoria al Fiscal de Distrito
- Análisis del caso
- III.2.3. Sobre la falta de notificación
- “
- III.2.4. Sobre el apersonamiento del tercer interesado
- concedido
- REVOCAR