Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2468/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.3.
II.3. Según Acta de reunión de la referida Asociación de 4 de febrero de 2008, se presentó el párroco José Mamani, insinuando a los presentes dejaran el castigo a que se sometió al ahora recurrente “porque arreglo en buena forma con las autoridades y la parte contraria” (sic), habiendo insistido el párroco por varias veces, pero el pedido no fue bienvenido y por mayoría se determinó se cumpla el castigo por tres meses (fs. 22 y vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Particulares recurridos y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional, excepción a su carácter subsidiario y alcance de la tutela en relación a los derechos invocados
- III.3.1. Excepción al carácter subsidiario de la presente acción tutelar
- En cuanto al debido proceso:
- Sobre la presunción de inocencia:
- Respecto al derecho al trabajo:
- III.4. El caso en análisis
- Fragmento 23
- APROBAR