SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2468/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 15 de octubre de 2008, cursante de fs. 55 a 60, pronunciada por el Juez Primero Mixto de Partido y de Sentencia de Punata del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Juan Isidro Balderrama Delgadillo contra Román Paco Ramírez, Presidente; Ángel Pérez Mamani, Vicepresidente; Judith Villarroel de Terrazas, Secretaria de Hacienda; Gustavo Pablo Oros Gutiérrez, Secretario de Transporte; Eduardo Lara Rojas, Secretario de Conflictos; Juan Calvimontes Carbajal, Secretario de Actas; y Adrián Andia Claros, Secretario de Deportes, todos de la Directiva de la Asociación de Transporte Mixto “16 de Noviembre” de San Benito del departamento de Cochabamba, alegando la vulneración de sus derechos al trabajo, a la presunción de inocencia y al debido proceso citando al efecto los arts. 7 inc. d), 16.I y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Particulares recurridos y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional, excepción a su carácter subsidiario y alcance de la tutela en relación a los derechos invocados
- III.3.1. Excepción al carácter subsidiario de la presente acción tutelar
- En cuanto al debido proceso:
- Sobre la presunción de inocencia:
- Respecto al derecho al trabajo:
- III.4. El caso en análisis
- Fragmento 23
- APROBAR