Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2468/2010-R
Fecha: 19-Nov-2010
II.6.
II.6. Por nota presentada el 22 de agosto de 2008 y reiterada el 22 de septiembre del citado año, el recurrente solicitó la reconsideración de la extrema decisión asumida en su contra, alegando que le ocasionaba severos problemas económicos para el sustento de su familia, pidiendo se le restituya en su condición de socio y pueda trabajar con su vehículo en forma normal, haciendo notar que su solicitud de reconsideración ya había sido expresada en forma verbal en las distintas reuniones sin obtener respuesta alguna, pese a que la denuncia en su contra jamás se aclaró y al contrario existió un desistimiento de la denunciante (fs. 3 y 4).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Particulares recurridos y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional, excepción a su carácter subsidiario y alcance de la tutela en relación a los derechos invocados
- III.3.1. Excepción al carácter subsidiario de la presente acción tutelar
- En cuanto al debido proceso:
- Sobre la presunción de inocencia:
- Respecto al derecho al trabajo:
- III.4. El caso en análisis
- Fragmento 23
- APROBAR