Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2626/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución de 029/2009 de 20 de febrero, cursante de fs. 967 a 971, pronunciada por la Sala de Turno por Vacación Judicial de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; y, en consecuencia se
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Conocer y resolver
- donde ya no se constituye como generador de derechos el título ejecutorial, sino el proceso que dio origen al mismo
- III.3. Análisis del caso
- expresa
- APROBAR