Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2630/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.10.
II.10. Mediante Sentencia de 14 de abril de 2008, Tribunal Departamental Maestros Jubilados Cochabamba, Oscar Oña Martínez, Jorge Téllez C. y Norma Olivares B., actuales correcurridos, resolvieron declarar probada la demanda de proceso sindical por faltas e infracciones disciplinarias y éticas, interpuesto "por Edmundo Maradiegue y Blanca Montaño Florero" (sic) en representación de la Directiva de la Federación de Maestros Jubilados de Cochabamba, e improbadas las respuestas de los demandados, determinando la suspensión de sus derechos sindicales por el periodo de cuatro años. Consta recepción de 17 de abril de 2008 al accionante (fs. 141 a 143 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- concede
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- a)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional
- III.4. Con relación al medio de impugnación reconocido en el Estatuto de la Federación Departamental de Maestros Jubilados de Cochabamba y el caso concreto
- III.5. Con relación a la conformación del Tribunal de Disciplina y Ética Sindical de la FDMJC y el caso concreto
- III.5.1.
- III.6. Con relación a la instancia de conciliación previa a la tramitación ante el Tribunal Departamental de Disciplina y Ética Sindical de la Federación de Maestros Jubilados de Cochabamba.
- III.6.1.
- III.8. Con relación a la aplicación del Estatuto y Reglamento de la Federación Departamental de Maestros Jubilados de Cochabamba y del Reglamento del Tribunal Nacional de Disciplina Sindical
- es un organismo sometido exclusivamente al Estatuto y sus Reglamentos u otra Ley aplicable supletoriamente a su organización y procedimientos, nunca contraria a los preceptos presentes
- concedido