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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2633/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2633/2010-R

    Fecha: 06-Dic-2010

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    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la terminología a aplicarse
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. La defensa técnica del imputado
    • implica que cumple su función en total parcialidad respecto a los intereses de su defendido, a favor de quien utilizará los instrumentos legales previstos por el Código de Procedimiento Penal
    • III.3.1. Incompatibilidad de la defensa
    • asumida circunstancialmente la calidad de testigo-, queda obligado a deslindar el interés o parcialidad respecto a las pretensiones de su defendido,
    • III.3.2. Aptitud del testigo
    • “…la persona física citada o comparecida espontáneamente al proceso con el fin de transmitir con sus manifestaciones el conocimiento que tenga sobre un hecho concreto, pasado y extraño al proceso, que ha percibido sensorialmente en forma directa y que resulta de interés probatorio en la causa”
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • este profesional no fue espectador circunstancial del ilícito ni de hechos atinentes
    • APROBAR

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