SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2633/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2633/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Admitido el recurso de amparo constitucional por Auto Interlocutorio 213/08 de 12 de diciembre de 2008, se rechazó la medida precautoria solicitada por el recurrente, señalándose audiencia pública para el día siguiente, misma que se realizó en presencia del recurrente y la autoridad recurrida, -ausente el representante del Ministerio Público-, según consta en el acta cursante de fs. 7 a 13; previo al formal procedimiento, el abogado recurrente -en uso de la palabra y aludiendo al memorial del recurso de amparo constitucional interpuesto-, indicó que las pruebas documentales que requirió y que se ordenaron mediante Auto Interlocutorio 213/08, no fueron presentadas hasta entonces por el Juez recurrido; autoridad que en contraparte, hizo entrega en el acto de lo solicitado. Posteriormente, se produjeron los siguientes actuados: