SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2647/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2647/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

II.1.

II.1.  El 4 de junio de 2007, Jaime Montaño Zambrana, Director General del Complejo Hospitalario Viedma, remite nota a Cesar Augusto Siles, Representante Departamental del Defensor del Pueblo con “Ref. INFORME ESCRITO QUEJA N° 00232-CBB-2007” informándole lo siguiente: “1. Cual consta en la documentación que acompaño, en fecha 16 de junio de 2006, mediante CITE DIR 362/06, la Dra. Martha Montecinos, Directora del Hospital Materno Infantil German Urquidi, solicitó a mi persona intermediar en la solicitud de la realización de una auditoria médica externa en el caso de referencia. 2. Cual se evidencia de la nota de 22 de junio de 2006, CITE CHV/DG 131/06, atendiendo la solicitud de la Dra. Montecinos, solicite al Director del Sedes, Dr. Jaime Montaño del Granado, por ser esa la instancia competente, la realización de una Auditoria Médica externa de la historia clínica del paciente J.M.C.” (sic) (fs. 2 a 3 del Anexo).