Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2647/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
II.13.
II.13. Mediante Resolución Administrativa (RA) 24/08 de 14 de noviembre de 2008, la Jueza Sumariante, determina la existencia de Responsabilidad Administrativa contra el recurrente, imponiéndole como sanción la suspensión de funciones sin goce de haberes durante veinte días calendario, la que se hará efectiva a partir de su ejecutoria (fs. 59 a 70 del Anexo). Notificando personalmente al recurrente el 18 de noviembre de ese año (fs. 71 del Anexo).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de Garantías
- I.2.1. Ratificación del recurso
- 1)
- I.2.3. Intervención del representante del Ministerio Público
- concede en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- III.3. Marco Legal del proceso administrativo interno
- III.4. Sobre la actuación de la Jueza Sumariante, cuestionada por el accionante
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- “
- REVOCAR