Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2763/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.6.
II.6. La Jueza Segunda de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de hábeas corpus interpuesto por Juan Mario Camargo Gutiérrez, en representación de José Zenobio Mamani Quispe contra el Juez Primero de Instrucción en lo Penal y el Tribunal Cuarto de Sentencia, emitió la Resolución 323/2007, declarando procedente contra el referido Juez, disponiendo reponer actuados hasta el Auto de 15 de abril de 2005, e improcedente contra los segundos nombrados (fs. 13 a 18).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concede
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- “accionante”
- “denegar”
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- III.5. La reconsideración, como un medio impugnativo contra resoluciones emitidas por el Concejo Municipal
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7. Modulación de los efectos de la presente Sentencia Constitucional con relación al caso analizado
- POR TANTO
- 1º REVOCAR
- 2º