Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2770/2010-R
Fecha: 10-Dic-2010
II.1.
II.1. De fs. 167 a 168, cursa la Resolución Sumarial de recurso jerárquico de 9 de mayo de 2008, pronunciada por el Director Tecnico del SEDCAM, Edwin Gutiérrez Clavel, dentro del proceso interno de responsabilidad administrativa seguido en el SEDCAM contra Juan Choque Condori, por la que se confirma la Resolución 09/08 de 27 de marzo de 2008 (fs. 14 a 18), que dispuso la destitución de este funcionario.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1. Contenido del recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.2. Derechos, garantía y principio supuestamente vulnerados
- I.1.3. Funcionarios recurridos y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente”
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la terminología a aplicarse en el contexto procesal establecido por la Constitución Política del Estado vigente
- III.2.1. Principio de inmediatez que rige sobre la acción de amparo constitucional
- “accionante”
- “conceder”
- fecha de presentación del entonces recurso (5 de febrero de 2009),
- APROBAR