SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2876/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2876/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

i)

           De la revisión del memorial de demanda se advierte que la accionante ha interpuesto el presente amparo constitucional denunciando dos aspectos: i) La falta de notificación legal a su esposo Edwin Eddy Jallaza Veliz con la Sentencia 41/04 de 27 de noviembre de 2004, pronunciada dentro del proceso ejecutivo, al no constar en obrados la representación del Oficial de Diligencias, para proceder con la notificación cedularia; y, ii) Pese a la existencia del decreto de 17 de mayo de 2006, por el que se corrió en traslado a la entidad ejecutante, la solicitud de la hoy accionante para suspender el acto público de remate y plazo para depositar el saldo de la deuda, adjuntando la papeleta con el depósito de $us 1000.-, no se procedió a notificarla con la misma; por lo que corresponde referirse a ambos aspectos de manera separada.