SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2876/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2876/2010-R

Fecha: 10-Dic-2010

III.4. El  recurso de amparo y su diferencia con la instancia casacional

           Para dilucidar adecuadamente el recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, planteado cabe en primer lugar señalar que este recurso ha sido instituido por el art. 19 de la CPEabrg, como un recurso extraordinario que otorga protección inmediata contra los actos ilegales y las omisiones indebidas de funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir derechos y garantías fundamentales de la persona reconocidos por la Constitución y las leyes, siempre que no hubiere otro medio o recurso legal para dicha protección.