SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2881/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2881/2010-R

Fecha: 17-Dic-2010

1)

1) En la Sesión Ordinaria 60 de la Cámara de Senadores del 4 de septiembre de 2007, bajo la Presidencia de los Senadores, José Sebastián Villavicencio Amuruz y Benigno Guido Guardia Flores, como Secretarios, los Senadores Tito José Carrazana Valdivieso, Paulo Jorge Bravo Alencar y Oscar Miguel Ortíz Antelo, con el quórum correspondiente (veintiséis Senadores), se produjo un hecho inédito y controversial, oportunidad en la que el Pleno de la Cámara de Senadores conoció dos correspondencias de la Cámara de Diputados: a) De la Presidencia de la Cámara de Diputados, remitiendo la formalización de la acusación contra los ciudadanos Elizabeth Iñiguez de Salinas, Martha Rojas Álvarez, Artemio Arias Romano y Walter Raña Arana, por los delitos de prevaricato y estorbar el ejercicio de funciones (arts. 173 y 161 del Código Penal [CP]), estando tal nota fechada el 28 de agosto de 2007; y, b) Una nota de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados remitiendo la Resolución 19/07, por la que se resolvió admitir el recurso de apelación incidental y procedentes las excepciones de incompetencia en razón de la materia y falta de acción; disponiendo también el archivo de obrados en sujeción a los arts. 312 del CPP y 9 de la Ley 2623, siendo la nota fechada el 22 de agosto de ese año.

1) La Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, mediante Resolución 019/07 de 21 de agosto, resolvió declarar admisible el recurso de apelación incidental e improcedente la excepción de incompetencia del Órgano Legislativo para la investigación y enjuiciamiento penal y procedente las excepciones de incompetencia en razón de la materia y falta de acción, por lo que en sujeción a lo previsto por el art. 312 del CPP y el art. 9 de la Ley 2623, dispuso el archivo de obrados.