Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El recurrente (ahora accionante) alega la vulneración de los derechos de su representado a la libertad, al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica” y al juez natural, reconocidos por los arts. 6.II, 7 incs. a) y g) y 16 de la CPEabrg, ahora previstos en los arts. 21.7, 22, 23.I, 115.II y 120 de la CPE.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- 1)
- procedente
- b)
- c)
- improcedente
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 3.
- III.7.
- REVOCAR