SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2010-R
Fecha: 13-Abr-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante manifiesta que las autoridades recurridas demandadas vulneraron sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso, a la seguridad jurídica y al juez natural, por haber dispuesto la ilegal e indebida detención preventiva de Luis Alberto Valle Ureña en base a actividad procesal defectuosa, sin que concurran requisitos de procedibilidad para revocar medidas sustitutivas a la detención preventiva que se había impuesto con anterioridad; y que venía cumpliendo rigurosamente; agrega manifestando la no existencia de una debida fundamentación. Que el abogado titular no pudo concurrir a la audiencia y pese al reclamo el tribunal impuso a Luis Alberto Valle Ureña un defensor de oficio; además, señala que en la ciudad de La Paz, se apertura una investigación por desobediencia judicial, razón por la que existiría un conflicto de competencias entre la justicia ordinaria y la especial; se estuviere vulnerando la garantía del principio non bis in idem. Continúa manifestando que se siguen vulnerando sus derechos al existir en obrados un recurso incidental o indirecto de inconstitucionalidad, deducido en contra de la norma que dispone el nombramiento de las autoridades recurridas y por tanto, estando sometido en un proceso en el que no estuviere garantizada la garantía de imparcialidad ni independencia judicial. Corresponde considerar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda la presente acción.
- Fragmento 1
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridades demandadas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de hábeas corpus
- a)
- 1)
- procedente
- b)
- c)
- improcedente
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Análisis del caso
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- 3.
- III.7.
- REVOCAR