Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0059/2010-R
Fecha: 27-Abr-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Interpone hábeas corpus contra María Beatriz Cors L. de Ramos, Jueza de Instrucción Mixta de Arani del Distrito Judicial de Cochabamba, solicitando se declare procedente el recurso, con condenación de costas, daños y perjuicios, disponiendo la nulidad de todas las notificaciones, incluyendo aquella de la demanda, y la anulación de todo lo obrado hasta el momento de la admisión con la demanda.
- recurso de hábeas corpus
- 1)
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad de la Constitución en el tiempo
- "accionante"
- ordenar la tutela
- III.3. Alcance y finalidad del recurso de hábeas corpus, hoy acción de libertad
- III.4. Doctrina constitucional sobre procesamiento ilegal y hábeas corpus
- III.5.1. De la subsidiariedad excepcional del hábeas corpus
- III.5.2. Vulneración de la garantía al debido proceso, de los derechos a la defensa y a la libertad
- REVOCAR