SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2010-R

Fecha: 27-Abr-2010

al momento de privarlo de libertad y en todo caso antes de que rinda su primera declaración ante la autoridad”

El derecho a la información implica que el Estado debe cumplir con su deber de informar al detenido extranjero sobre los derechos que reconoce el art. 36 inc.1b) de la Convención, y de acuerdo a la OC-16/99, esta información debe ser otorgada “al momento de privarlo de libertad y en todo caso antes de que rinda su primera declaración ante la autoridad” (negrillas nos corresponde).