SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2010-R

Fecha: 27-Abr-2010

en forma concurrente,

“(…) para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad”  (negrillas nos pertenece).

Conforme a dicha jurisprudencia, el Tribunal Constitucional entendió que la lesión al derecho a un traductor o intérprete está vinculada con la libertad física o personal cuando se ha provocado indefensión al recurrente ahora accionante y, a consecuencia, de ello, se le ha privado de su libertad (SSCC 1733/2004-R, 0058/2006-R, entre otras); que es lo que precisamente se denuncia en el presente hábeas corpus, actual acción de libertad, por lo que corresponde analizar el fondo de la problemática planteada.