SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0061/2010-R

Fecha: 27-Abr-2010

I.2.1

Sobre la base de lo argumentado en el memorial del recurso de hábeas corpus, la defensa en la misma audiencia, amplió sus fundamentos manifestando que, existe la Convención de Viena que refiere, que se debe comunicar a los consulados o vice consulados para que éstos tomen conocimiento; Por otro lado, el art. 169 del Código de Procedimiento Penal (CPP), indica que son defectos absolutos los que violan las garantías previstas en la Constitución Política del Estado y Tratados Internacionales; Mencionan además que existen las SSCC 0470/2007-R, 0697/2007-R, referidas al intérprete, indicando que, no solo se deben cumplir formalidades; pues si bien en la audiencia se le dio la posibilidad de asumir una defensa material; empero, no tuvo un intérprete legalmente designado desde el primer acto.